miércoles, 12 de noviembre de 2014

Colombia suspende temporalmente visas Mercosur para venezolanos. El Gobierno de Colombia suspendió de forma temporal, a partir de este lunes 10 de noviembre, la emisión de visas de Mercosur para ciudadanos venezolanos debido a que no encontró reciprocidad por 
parte del Gobierno de Venezuela en este acuerdo migratorio que contrajo el país tras su ingreso pleno a este entidad en 2012.

El Mercado Común del Sur (Mercosur), integrado por Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela,  cuenta además con Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú como países asociados, y estos tienen entre sí normativas migratorias que favorecen a los nacionales del bloque.

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lunes, 10 de noviembre de 2014

DERECHOS LABORALES QUE PROTEGEN A LOS TRABAJADORES EXTRANJEROS EN COLOMBIA.

A todo ciudadano nacional o extranjero que establezca una relación laboral en Colombia, se le aplican las disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo que regula las normas del derecho individual del trabajo de carácter particular y las del derecho colectivo del trabajo, oficiales y particulares, y que rige en todo el territorio de la República.
En tal sentido, y basados en el principio constitucional de la igualdad y la no discriminación, el trabajador extranjero en Colombia tiene los siguientes derechos:
• Celebración de un contrato de trabajo.
• Pago de un salario por la prestación del servicio.
• Afiliación al Sistema General de Seguridad Social (Salud, Pensión y Riesgos laborales).
• Afiliación a una caja de compensación familiar.
• Pago de sus prestaciones sociales.
• Vacaciones.
• Afiliación a una asociación y/o una organización sindical.

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jueves, 6 de noviembre de 2014

MIGRACIÓN RINDE CUENTAS AL CUERPO DIPLOMÁTICO EN COLOMBIA


El equipo directivo de Migración Colombia, en cabeza del Director General; Sergio Bueno Aguirre, se reunió en la ciudad de Bogotá con cerca de 25 representantes del Cuerpo Diplomático acreditado en el país, con el fin de mostrarles los avances obtenidos por la entidad, durante estos 33 meses de operación, en materia de seguridad, servicios y derechos humanos, los tres pilares, sobre los cuales se ha edificado Migración Colombia.
La reunión, que se llevó a cabo en la mañana del día de hoy, inició con una presentación, por parte del Director General, acerca de la forma en la que Migración Colombia ha logrado convertirse en un modelo de gestión para otras entidades tanto del sector público, como para las autoridades migratorias de otros países.
Bueno Aguirre, inició su exposición hablando del modelo de servicio implementando por la entidad, e hizo énfasis en la importancia que tiene el entender que las entidades públicas, así como sus servidores, se deben al ciudadano. Acto seguido, el Director General de Migración Colombia, hizo referencia a dos temas transversales para el desarrollo de la entidad; la seguridad y los derechos humanos. Y en este punto destacó la importancia del trabajo que se ha venido haciendo de forma articulada con los diferentes cuerpos diplomáticos acreditados en el país, destacando, entre otros logros, los alcanzados con la puesta en marcha de la Red Migrante.
Una afirmación que fue ratificada por el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación; Rosemberg Leguizamón, quien aprovechó la oportunidad para mostrar la evolución y los alcances de la política de Derechos Humanos de la entidad; “la Red Migrante está hecha para arrebatarle a las organizaciones criminales aquellas víctimas de la trata de personas y el tráfico de migrantes” afirmó Leguizamón.

martes, 14 de octubre de 2014

Algunas causales de inadmisión o rechazo de ingreso a extranjeros en el territorio nacional. 
1. No presentar carnet o constancia de vacunación cuando y en los casos que así exija la autoridad nacional de salud.
2. Carecer de recursos económicos que garanticen la subsistencia y la posibilidad de desarrollar las actividades desarrolladas.
3. Registrar antecedentes y/o anotaciones por delitos transnacionales, tráfico de droga o sustancias estupefacientes o por delitos conexos.
4. No presentar visa cuando se requiera.
5. Carecer de actividad económica, profesión u ocupación,
industria, oficio u otro medio lícito de vida o por otra circunstancia se considere inconveniente su ingreso al país.
6. Pretender ingresar al país con información falsa, documentos falsos o sin la documentación legalmente exigida.
7. Haber salido del territorio nacional evadiendo el control migratorio.
8. Irrespetar o amenazar a los funcionarios de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia en razón del desarrollo de sus funciones. 

Cualquier inquietud con mucho gusto pueden escribirnos en nuestra página web http://www.visacolombianaparaextranjeros.com/.

lunes, 29 de septiembre de 2014

DERECHOS LABORALES QUE PROTEGEN A LOS TRABAJADORES EXTRANJEROS EN COLOMBIA.

A todo ciudadano nacional o extranjero que establezca una relación laboral en Colombia, se le aplican las disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo que regula las normas del derecho individual del trabajo de carácter particular y las del derecho colectivo del trabajo, oficiales y particulares, y que rige en todo el territorio de la República.
En tal sentido, y basados en el principio constitucional de la igualdad y la no discriminación, el trabajador extranjero en Colombia tiene los siguientes derechos:
• Celebración de un contrato de trabajo.
• Pago de un salario por la prestación del servicio.
• Afiliación al Sistema General de Seguridad Social (Salud, Pensión y Riesgos laborales).
• Afiliación a una caja de compensación familiar.
• Pago de sus prestaciones sociales.
• Vacaciones.
• Afiliación a una asociación y/o una organización sindical.

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viernes, 19 de septiembre de 2014

Visa de Negocios NE

Al amparo de la visa de negocios el extranjero no podrá fijar su domicilio en el territorio nacional y las actividades que desarrolle no le podrán generar a sus titular el pago de salarios en Colombia, salvo en los casos de visas de negocios otorgadas en el marco de un instrumento internacional vigente. 

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martes, 9 de septiembre de 2014

Traspaso de visa. (Visa para Colombia)

El Extranjero podrá solicitar ante la autoridad migratoria, el traspaso de visa por deterioro, cambio o pérdida del pasaporte cuando sea requerida alguna aclaración o cambio de entidad, empleador u ocupación. 


El Ministerio de Relaciones Exteriores , señalara el valor de los derechos que se causaran en razón del estudio de solicitud, la expedición y traspaso de las visas para Colombia.

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